Venezuela desde su independencia en 1811 ha tenido formalmente 25 constituciones, si incluimos nuestra Acta de Independencia de 5 de Julio de 1811 y la Constitución de la Gran Colombia de 1821; el Acta de Independencia normalmente no se la clasificaría como una Constitución, sin embargo en puridad de teoría sí lo es, pues es la que nos constituye como pueblo independiente, es nuestra voluntad y decisión política original como pueblo, manifestada aun antes de que la independencia fuera realidad y como tal decisión es el fundamento de todas las otras constituciones, que la presuponen como base de toda su normativa.
Aparte de ello algunas de las constituciones son realmente meras modificaciones de la precedente, aunque formalmente no aparezcan como tales. Por ello, y dependiendo de puntos de vista, no hemos tenido más de 7 u 8 constituciones, si tomando en cuenta la primera, no obstante su corta vigencia real, pensamos en aquellas que han significado una estructura constitucional con real eficacia, ya por su duración, 10 años o más de vigencia (las de 1830, 1864, 1881 y 1961) ya porque aunque con una vigencia menor no fueron un simple disfraz para la hegemonía de algún caudillo, o dictador (las de 1811, 1936, 1947), ya porque significan una concepción constitucional importante o un rompimiento con la que sustituyeron (las de 1811, 1830, 1858, 1864, 1947 y 1961). Las demás constituciones, en una forma u otra, son meras enmiendas de la que existiera en ese momento para acomodarla a caprichos del mandatario de turno o a necesidades políticas pasajeras.
La Constitución actual fue elaborada en 1999 por una Asamblea Constituyente, en medio del entusiasmo que suscitó la elección presidencial de Hugo Chávez, con la que se puso fin a 40 años de democracia representativa bipartidista siete años después de su intentona golpista del 4 de febrero de 1992. Esa Constitución sustituyó a la de 1961, la de más larga existencia en la historia venezolana, pactada después de la caída de la dictadura de Marcos Pérez Jiménez (1948-58). La Constitución de 1999 fue reconocida por la extensión en las garantías a los derechos humanos.
A continuación
las constituciones que han hecho aportes significativos
en la evolución democrática de Venezuela.
Grabado que reprtesenta la firma del acta de Independencia de Venezuela, en el Palacio de Justicia de Caracas (5 de julio de 1811)por G. Profit |
EVOLUCIÓN CONSTITUCIONAL
Luego de la declaración y firma del acta de la Independencia de Venezuela el 5 de julio de 1811, el 21 de Diciembre de ese mismo año se sancionó la que sería no sólo la primera constitución de Venezuela sino de toda Hispanoamérica, llamandose Constitución Federal para los Estados de Venezuela, bajo el mandato del primer Presidente de Venezuela Cristóbal Mendoza. En ésta Carta Magna, se establecen los primeros derechos tales como: el de la libertad, la igualdad, propiedad, y seguridad. En esta primera carta se puede evidenciar la influencia de los principios de las filosofías de Rousseau, Jhon Locke y Montesquiu, quienes sustentaron a su vez la Revolución Francesa.
En esta constitución se dispuso un sistema electoral con limitaciones para elegir y ser elegido. Más tarde en en 1819 en el Congreso de Angostura Bolívar decreta la Constitucion Política del Estado de Venezuela, dos años después, 1821 bajo el mandato de Simón Bolívar, se sanciona una constitución de la República de Colombia (Gran Colombia), que reedita las ideas integracionistas de Bolívar, por medio de un gobierno popular y representativo.
Luego en 1830 con José Antonio Páez como alto mandatario se promulga la Constitución de los Estados de Venezuela, el sistema electoral continuó siendo indirecto en donde las provincias ejercían su autonomía a través de una asamblea. Para 1858 bajo el mandato de José Tadeo Monagas se sanciona la constitución de la República de Venezuela, a través del Congreso Nacional, donde se realizan cambios que promovían la democracia y la libertad eliminando la pena de muerte por delitos políticos y elevando a rango constitucional la abolición de la esclavitud ya decretada por José Gregorio Monagas presidente en 1854.
José Gregorio Monagas. |
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José Antonio Páez. |
Siguiendo la evolución democrática en Venezuela, podemos observar que en 1858 con Julián Castro como presidente, se establece la elección directa de los gobernadores lo cual aumentaba la autonomía de las provincias y en este sentido también prohíbe la reelección inmediata. La secuencia libertaria sigue en 1864 cuando el entonces presidente Juan Crisóstomo Falcón abolió la pena de muerte y amplio la libre expresión del pensamiento decretado en la constitución de 1858. esta constitución, en la misma se desarrollan principios democráticos de libertad, igualdad, justicia, soberanía y democracia Participativa, principios que se verán más desarrollados en los artículos siguientes: en lo que respecta a la igualdad, el 21 en cuanto a la Justicia, 23, 26 y 27.
Ya para 1874 el presidente Antonio Guzmán Blanco promulga una constitución cambiando el nombre del pais por el de Estados Unidos de Venezuela, realzando ciertos valores democráticos ya que instituye el voto público, escrito y firma, con ciertas limitaciones ya que no toda la población en general votaba. En este sentido Guzmán Blanco también prohíbe la elección de los parientes del presidente hasta el cuarto grado de consanguinidad. No obstante es el mismo Guzmán Blanco quien en 1881 crea un Consejo Federal encargado de elegir al Presidente de la República, es decir que sigue habiendo un sufragio indirecto.
Sin embargo, en 1891 bajo el gobierno de Raimundo Andueza se elimina el Consejo Federal creado por Guzmán Blanco y vuelve a la elección directa del Presidente. Otro cambio importante y que es menester destacar fue el del gobierno de Joaquín Crespo de 1893 donde se sustituye el voto público por el secreto en las elecciones populares.
La democracia en Venezuela no ha seguido una línea evolutiva clara sino más bien sigue la forma de un espiral en donde se retrocede en un sentido y se avanza en otro, esto debido a que en 1901 bajo el mandato de Cipriano Castro decretado en la Constitución sancionada, ese mismo año se establece el aumento de los poderes del Presidente, quien duraría 6 años sin ser reelegido y elimina el sufragio universal dando potestad a las cámaras municipales para su elección.
Juan Vicente Gómez. |
De igual modo, en 1936 bajo la presidencia de Eleazar López C. en la Constitución sancionada en ese año, se considera como traidores a la patria, quienes profesaran las doctrinas anarquista y comunista, y autorizó al ejecutivo a expulsarlos del país.
Isaías Medina , |
En 1945 el Presidente Isaías Medina Angarita, en la constitución sancionada ese mismo año, reestableció la libertad de expresión al eliminar la prohibición de la propaganda comunista y anarquista, así mismo, estableció la elección directa de los diputados y el voto femenino para los consejos municipales, aunque mantuvo la elección indirecta para el Presidente y congresistas y el requisito de saber leer y escribir para ser elector.
Para 1947 se promulga una constitución por la Junta Revolucionaria de Gobierno presidida por Rómulo Betancourt, donde se establece el derecho al sufragio de todas las personas, se instituye el voto obligatorio y secreto para los estados Federados y municipios. Garantizó también derechos fundamentales del pueblo.
Marcos Pérez Jiménez |
Rómulo Betancourt. |
No es sino hasta 1961 cuando en la Carta Magna se amplia el desarrollo de los derechos sociales, en la constitución sancionada el 23 de Enero del mismo año y promulgada por el presidente Rómulo Betancourt. En este texto se deja abierta la posibilidad de otorgar a los estados la facultad de elegir a sus gobernadores. También aumenta los poderes de intervención del Estado en la economía. Esta constitución fue objeto de dos enmiendas una de ellas fue el 1983, cuando se estableció la posibilidad de elecciones directas en materia municipal.
Luego de una secuencia de gobiernos regidos bajo la misma constitución de 1961 por un largo período, no es sino hasta 1999 cuando se sanciona otra nueva constitución la cual fue discutida en Asamblea Nacional Constituyente y aprobada por el pueblo en referendo realizado el 15 de Diciembre del mismo año, promulgada por el presidente Hugo Chávez Frías. Cambia el nombre de “República de Venezuela” por el de “República Bolivariana de Venezuela” lo cual conlleva a rescatar los principios que estableció el “Libertador” Simón Bolívar así como también- según palabras textuales de la misma constitución- trata de “rescatar el ejemplo de los antepasados aborígenes y de los precursores de la patria, para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica” (Preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela).
En esta constitución, se desarrollan principios democráticos de libertad, igualdad, justicia, soberanía y democracia Participativa, principios que se verán más desarrollados en los artículos siguientes: en lo que respecta a la igualdad, el 21 en cuanto a la Justicia, 23, 26 y 27. En cuanto a soberanía el 5, y en cuanto a Democracia Participativa, los artículos que desarrollan estas ideas son: 62, 70, 184, 130, 132 y 134. “Articulo 62: Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es la obligación del estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica”.
Este marco constitucional es el que viene a determinar las formas de participación en la democracia contemporánea de Venezuela, e implica un gran avance, al garantizar por mandato constitucional el derecho de participar libremente, tanto en la formación, como en la ejecución de las gestiones públicas y del mismo modo garantiza la contraloría social sobre las mismas. En este mismo artículo, se indica, que la participación también es un deber del Estado en el sentido de facilitar y propiciar las condiciones para que la misma se produzca de la forma más favorable posible.
“Articulo 132: Toda persona tiene el deber de cumplir con sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social”.
Para concluir, tomamos lo escrito por el historiador venezolano Manuel Caballero, "todas las constituciones, con excepción de las de 1936, 1947 y 1961, tuvieron nombre y apellido, al ser convocadas o propuestas por el Ejecutivo para ampliar sus propios poderes". Caballero señala como la gran excepción, la Constitución de 1936 "no buscaba ampliar, sino reducir los poderes presidenciales, y en especial la duración del mandato (de 7 a 5 años)" y la prohibición de reeleción al periodo inmediato. Las otras constituciones se aprobaron en: 1864, 1874, 1881, 1893, 1901, 1904, 1909, 1914, 1922, 1926, 1928, 1929, 1931, 1936, 1945, 1947, 1953, 1961, y 1999.
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